Convocatoria Vigilancia de la Salud del personal docente en el curso 21/22, en centros educativos públicos no universitaria



1.Destinatarios: funcionariado docente de carrera, funcionariado docente en prácticas, funcionariado docente interino y profesorado de religión con contrato laboral fijo o temporal que presten servicios docentes en centros educativos públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
2. Convocatoria curso 2021/2022: Durante el curso 2021-2022, se abrirá el plazo de inscripción en la nueva convocatoria de vigilancia de la salud, desde el 14 de diciembre de 2021 al 14 de enero de 2022.
3. Voluntariedad condicionada: La Ley 31/1995 de Prevención de riesgos laborales, configura la vigilancia de la salud como un derecho del trabajador y una obligación del empresario, enunciando como regla general la voluntariedad de la misma. Ese carácter voluntario se transforma en una obligación del trabajador en las siguientes circunstancias:

  • a) La existencia de una disposición legal en relación a la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.
  • Varias son las disposiciones legales en las que se establece la vigilancia de la salud. Por un lado, la Ley General de la Seguridad Social obliga al empresario a realizar reconocimientos previos y periódicos a los trabajadores que ocupen un puesto de trabajo en el que exista un riesgo de enfermedad profesional. Y finalmente, toda aquella legislación específica para ciertos factores de riesgo en la que se estipula el tipo de vigilancia de la salud que se ha de efectuar en los trabajadores expuestos (por ej: RD Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido).
  • b) Que los reconocimientos sean indispensables para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores.
  • c) Que el estado de salud del trabajador pueda constituir un peligro para el mismo o para terceros.

A tales efectos, de conformidad con el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre el puesto de docente que desarrolla su actividad impartiendo docencia puede suponer un riesgo de enfermedad profesional “Nódulos de las cuerdas vocales a causa de los esfuerzos sostenidos de la voz por motivos profesionales “. Es por ello y previa conformidad de los representantes de los trabajadores, que se determina la obligatoriedad de la vigilancia de la salud para todo el personal en prácticas que se incorpora al cuerpo de funcionarios de carrera, así como para el personal docente que desarrolle un puesto de trabajo en el que la evaluación de riesgos basada en la medición de los niveles de ruido, ponga de manifiesto la existencia de un riesgo para la salud de los trabajadores (RD 286/2006).
4. Periodicidad: La vigilancia de la salud se llevará a cabo a intervalos periódicos y estará sometida a protocolos específicos u otros medios existentes con respecto a los factores de riesgo a los que esté expuesto el trabajador. El Ministerio de Sanidad y Consumo y las Comunidades Autónomas, oídas las sociedades científicas competentes, y de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Sanidad en materia de participación de los agentes sociales, establecerán la periodicidad y contenidos específicos de cada caso.
5. Ejecución de la vigilancia de la salud:
La ejecución de los reconocimientos médicos se iniciará en el mes de enero del curso lectivo y se finalizará en el mes de noviembre, siguiendo preferentemente el siguiente orden:

  • 1. Funcionariado docente en prácticas.
  • 2. Funcionariado docente de carrera e interino que desarrolle un puesto de trabajo en el que la evaluación de riesgos ponga de manifiesto la realización de actividades en las que los trabajadores/as estén o puedan estar expuestos/as a riesgos derivados del ruido como consecuencia de su trabajo (RD 286/2006).
  • 3. Profesorado de religión.
  • 4. Funcionariado docente de carrera.

Asimismo, se procederá a la realización de la vigilancia de la salud al personal que reanude el trabajo tras una ausencia prolongada de más de seis meses por motivos de salud en el momento en que se produzca esta situación.
6. Procedimiento: abierto el plazo de inscripción, las solicitudes y renuncias se realizarán a través de la intranet docente, a la que cada docente accederá mediante su clave y contraseña.
Una vez finalizado el plazo de inscripción, desde los Servicios Centrales de la Consejería de Educación se procederá a la citación del docente en la Unidad Básica de Salud correspondiente según el domicilio del centro educativo en el que desarrolle su actividad y siguiendo el orden de ejecución definido anteriormente.


Para ello, se contactará telefónicamente con el/la docente (en el teléfono móvil que consta en sus datos de contacto), indicándole el día, hora y lugar del reconocimiento. Inmediatamente después recibirá en su correo electrónico (el que conste en sus datos de contacto), la carta de citación junto con las recomendaciones específicas a considerar el día que acuda a la cita. Igualmente, se le avisará a través de esta vía 48 horas antes del día citado.


Si no se pudiera contactar con él/la docente vía telefónica, se le remitirá un SMS/correo electrónico informándole para que se ponga en contacto con el personal responsable de la citación en los teléfonos: 925389174/ 925266568. Si en el plazo de 72 horas no contactara se entenderá que se renuncia al reconocimiento.


Importante: Concertada la cita del reconocimiento médico, si el personal citado no pudiera asistir, es importante y necesario que avise por correo electrónico (prevenciondocente@jccm.es) o por teléfono (925389174 y 925266568), con una antelación mínima de 48 horas, para poder citar en su lugar a otro/a docente. Si en caso de fuerza mayor no puede avisar en ese plazo, ser requerirá justificación. La no asistencia a una cita supone la pérdida de un recurso médico no recuperable y se considerará que renuncia a la misma.

Una vez realizado el reconocimiento médico y emitido el informe de aptitud, el docente recibirá el resultado a través de SMS en el teléfono móvil que haya informado en su ficha. En caso de no haber facilitado el teléfono, se le notificará al mismo correo electrónico en el que haya recibido la citación.


DIRECCIONES DE LAS UNIDADES BÁSICAS DE SALUD DONDE SE REALIZARÁ LA EJECUCIÓN DE LA VIGILANCIA DE LA SALUD DEL CURSO 2021-2022.
Los reconocimientos se realizarán en horario de mañana y de manera provincial, en las instalaciones de los servicios de Vigilancia de la Salud del SESCAM de cada provincia, en relación al centro de trabajo donde preste servicios el docente, siendo sus direcciones las siguientes:
Provincia de Albacete:
1. Albacete:
- Centro de Salud zona 8; C/ Bachilleres, 2, Albacete.
2. Almansa:
- Hospital General de Almansa; Avda. Circunvalación, s/n -02640.
3. Hellín:
- Hospital de Hellín; C/ Juan Ramón Jiménez, 40, 02400
Provincia de Ciudad Real:
1. Complejo Mancha Centro. Avenida de la Constitución, nº 3, Alcázar de San Juan.
4
2. Hospital General de Tomelloso; C/ Vereda de Socuéllamos, s/n, Tomelloso. 3. Hospital Virgen de Altagracia; Avda. D. Emiliano García Roldán, 2, Manzanares.
4. Hospital General de Ciudad Real; C/ Obispo Rafael Torija, s/n, Ciudad Real.
5. Hospital General de Valdepeñas; Avda. Estudiantes, s/n, Valdepeñas
6. Centro de Salud nº 3 Carlos Mestre; C/ Encomienda, 72, Puertollano.
Provincia de Cuenca:
1. Hospital Virgen de la Luz; Hermandad de donantes de Sangre, s/n, Cuenca.
Provincia de Guadalajara:
1. Hospital General Universitario; C/ Donantes de Sangre, s/n, Guadalajara.
Provincia de Toledo:
1. Toledo I: Centro de Especialidades, Diagnóstico y Tratamiento; Avda. Barber, 26- Planta 4ª Izquierda, Toledo
2. Toledo II: Hospital Nacional de Parapléjicos; Finca la Peraleda, s/n, Toledo.
3. Hospital Ntra. Señora del Prado; Ctra. Madrid, km 114, Talavera de la Reina

circular-de-la-direcciÓn-general--vigilancia-de-l
características-de-la-convocatoria-de-vigilancia-