Causas de abstención de formar parte de los tribunales



Las causas de abstención de las oposiciones del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, convocados por Resolución de 12/02/2021, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la jccm.

Los afectados deberán alegar y demostrar por escrito, en el acto de constitución del tribunal, la causa de su abstención que será resuelta por su presidente.

Por Resolución de 17/05/2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa, se publica la composición de las comisiones de selección y de los tribunales que juzgarán las pruebas de ingreso en el Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Música y Artes Escénicas y las del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, la distribución de opositores por tribunales y las sedes donde se realizarán las pruebas convocadas

 

Supuestos de abstención

 

Las causas de abstención están previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y son las siguientes:

 

2. Son motivos de abstención los siguientes:

a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquel; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.

b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.

c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.

d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.

e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar.